Si, cuentas con el derecho de alimentar a tu hijo, incluso, la Ley Nº 20.761 extiende el derecho a los padres trabajadores para que dispongan de, al menos, una hora diaria para alimentar a sus hijos menores de dos años (durante la jornada laboral). Este es un derecho de padres y madres que trabajan y, por lo tanto, no tiene ningún tipo de descuentos, porque el tiempo utilizado en alimentar a los hijos se considera como una hora trabajada. Este permiso puede ser acordado con tu empleador y lo puedes ejercer de tres maneras:
Si la empresa está obligada a mantener sala cuna y haces uso de ese establecimiento, el permiso se ampliará al tiempo necesario para el viaje de ida y vuelta, el empleador deberá pagar los pasajes de dicho traslado.
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