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¿El permiso de alimentación para niños menores de dos años, puede ser transferido a otra persona?

Sí, este permiso puede ser transferido al padre, bajo mutuo acuerdo. Para esto se debe presentar una comunicación por escrito a ambos empleadores y firmada por ambos trabajadores con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, 30 días antes de que el padre quiera hacer uso del derecho. La formalidad antes mencionada, procede frente a cualquier modificación que los padres adopten al respecto, derechos que pueden ejercer hasta los 2 años del menor.
Asimismo, el padre tendrá este permiso si:

  • Tuviere la tuición del menor por sentencia judicial ejecutoriada,
  • Cuando la madre hubiere fallecido o
  • Estuviere imposibilitada de hacer uso de él.
    También aplica para aquellas trabajadoras o trabajadores al que se le haya otorgado judicialmente la tuición o el cuidado personal de conformidad con la ley Nº19.620 (ADOPCIÓN) o como medida de protección de acuerdo con el número 2 del artículo 30 de la Ley de Menores

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