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¿Quiénes tienen derecho legal a pre y postnatal?

Tienen derecho legal al descanso prenatal:

  • Trabajadoras embarazadas con contrato indefinido, plazo fijo, por obra o faena y funcionarias públicas bajo estatuto administrativo.
  • Trabajadoras independientes que emitan boleta de honorarios.

Tienen derecho al descanso postnatal:

  • Trabajadoras embarazadas con contrato indefinido, plazo fijo, por obra o faena y funcionarias públicas bajo estatuto administrativo.
  • Trabajadoras independientes que emitan boleta de honorarios.

En caso de fallecimiento de la madre, tendrán derecho el padre o la persona que le sea otorgada la custodia del menor, a hacer uso del postnatal, o lo que reste de él, con el correspondiente subsidio y fuero laboral.

En caso de un trabajador que por resolución judicial le ha sido otorgado el cuidado personal, se considerará la fecha de dicha resolución el inicio del plazo. Ahora bien, en caso de adopción de un niño una adopción de un menor de seis meses, se reconoce derecho de postnatal de doce semanas y postnatal parental de doce semanas adicionales; y en caso de adopción de un niño mayor de seis meses y menor de 18 años de edad, tendrá únicamente derecho a postnatal parental de doce semanas.

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